Mi edificio tiene seguro de consorcio

¿Cubre mi departamento?

Todos los edificios que estén constituidos con bajo el régimen de Propiedad Horizontal deben contar de manera obligatoria con el seguro de consorcio, pero realmente ¿qué cubre este seguro?

Incendio en el edificio y contenido general en las partes comunes

Robo en las partes comunes Incluye daños causados al edificio con motivo u ocasión de robo o su tentativa. Excluye hurto, es decir que debe mediar fuerza física en la persona o fuerza en las cosas (Por ejemplo, romper el portón, una ventana o la cerradura)

Robo de expensas Se cubren los valores que se encuentren dentro del edificio y en poder del encargado del mismo. Excluye hurto.

Responsabilidad comprensiva Responsabilidad civil extracontractual emergente de la actividad. Cobertura básica con adicionales de incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas, escapes de gas, carteles y/o letreros, ascensores y/o montacargas, uso de armas de fuego y uso de pileta de natación. Trabajos de construcción/refacción con declaración previa.

Accidentes personales Cobertura: Muerte o invalidez permanente total o parcial. Reintegro por Asistencia Médica. Personal sin relación de dependencia.

 

Es importante mencionar que todos los seguros aquí expuestos son para asegurar el edificio, no así el departamento en particular. Es por ello quedan expuesto tanto a robos, incendio y en caso de este último además de las perdidas personales nace la obligación de restituir los daños que se les cause a los vecinos que se vean afectados.

Seguro de hogar

Y no todas las compañías de seguros brindan las mismas coberturas, es por ello es importante analizar el tema a fondo con un profesional del seguro para que los pueda guiar a una mayor protección.

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